Se considera hogar principal aquel en el que uno de sus miembros tiene la titularidad de la vivienda que ocupa, ya sea en propiedad o alquiler. En el caso de que la vivienda esté cedida, el hogar principal será aquel en el que esté la persona a favor de la que se hizo la cesión.
Persona o conjunto de personas que ocupan en común una vivienda principal o parte de ella, y consumen y/o comparten alimentos u otros bienes con cargo a un mismo presupuesto.
Es la vivienda destinada a ser habitada por una o varias personas, general pero no necesariamente unidas por parentesco, y que no constituyen un colectivo. A pesar de no cumplir estrictamente la definición, también se consideran viviendas familiares los alojamientos.
Las viviendas familiares se incluyen en el Censo de Viviendas, con independencia de que estén ocupadas o no en el momento censal.
Vivienda familiar que se utiliza toda o la mayor parte del año como residencia habitual de una o más personas.
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