Las cotizaciones sociales pueden dividirse en cotizaciones efectivas a pagar a los sistemas de seguridad social y las cotizaciones imputadas registradas por los sistemas privados no basados en fondos especiales.
Las cotizaciones sociales efectivas comprenden:
Son las cotizaciones efectivas o imputadas que pagan los hogares a los sistemas de seguros sociales con el fin de asegurar el pago de prestaciones sociales. Comprenden:
Esta cuenta trata las unidades residentes como perceptores de renta primaria y no como productores que generen dicha renta primaria. En el caso del sector hogares los recursos son el excedente de explotación bruto, la renta mixta, la remuneración de los asalariados y las rentas de la propiedad que son un recurso para los hogares (por ejemplo, los intereses cobrados por los depósitos bancarios). En los empleos sólo tenemos la renta de la propiedad (por ejemplo, los intereses pagados por los hogares por los créditos hipotecarios). El saldo de la cuenta es el saldo de rentas primarias.
A cuenta de distribución secundaria de la renta muestra cómo se asigna el saldo de las rentas primarias de los hogares por medio de la redistribución, es decir, mediante los impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc., las cotizaciones y prestaciones sociales en efectivo y las otras transferencias corrientes. En esta cuenta se registran las operaciones que para los hogares residentes, constituyen una redistribución de la renta en efectivo, tanto en recursos (prestaciones sociales, indemnizaciones de seguros no vida,
) como en empleos (impuestos corrientes, cotizaciones sociales, primas netas de seguro
).
El saldo de la cuenta es la renta disponible, que refleja las operaciones corrientes y que excluye, explícitamente, las transferencias de capital, las ganancias y pérdidas de posesión reales y las consecuencias de sucesos como las catástrofes naturales.
Corresponde a la renta que obtienen las unidades de la utilización de sus propios activos de producción. Es el saldo de la cuenta de explotación. En el caso de las empresas no constituidas en sociedades correspondientes al sector hogares se habla de renta mixta.
Comprenden todos los pagos obligatorios sin contrapartida, en efectivo o en especie, recaudados periódicamente por las administraciones públicas y por el resto del mundo sobre la renta y el patrimonio de las unidades institucionales, así como algunos impuestos periódicos que no se exigen ni sobre la renta ni sobre el patrimonio (SEC 4.77).
Los impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc., se dividen en:
Esta partida comprende las transferencias corrientes que afectan a los hogares residentes no incluidas en los apartados anteriores (impuestos sobre la renta, prestaciones sociales, cotizaciones sociales, rentas de la propiedad). En lo que atañe al sector hogares, estamos a hablar de:
En el caso del sector hogares comprende:
Son transferencias a los hogares destinadas a cubrir una serie de riesgos o necesidades de carácter social. Estas transferencias pueden estar organizados colectivamente por unidades de las administraciones públicas. En particular, las prestaciones sociales incluyen:
Comprende las siguientes partidas:
Comprende toda la remuneración en efectivo y en especie a pagar por los empleadores a sus asalariados como contrapartida del trabajo realizado por estes durante el período contable. La remuneración de asalariados se desagrega en:
Es el saldo de la cuenta de distribución secundaria de la renta. Se obtiene a partir del saldo de rentas primarias sumando las prestaciones sociales y las transferencias corrientes que son un recurso para los hogares; y restando los impuestos sobre la renta, las cotizaciones sociales y las transferencias corrientes que son un empleo para los hogares.
Las rentas de la propiedad (D.4) son las rentas que recibe el propietario de un activo financiero o de un activo material no producido a cambio de proporcionar fondos o de poner el activo material no producido a disposición de otra unidad institucional (SEC 4.42). Incluyen intereses, rentas distribuidas de las sociedades, rentas de la propiedad atribuidas a los asegurados y las rentas de la tierra.
Las rentas de la propiedad aparecen como empleos y como recursos en la cuenta de asignación primaria de la renta del sector hogares.
Se generan cuando los propietarios de activos financieros y de recursos naturales los ponen a disposición de otras unidades institucionales. En el caso del sector hogares pueden ser:
Este saldo es la suma del excedente de explotación bruto, la renta mixta, la remuneración de los asalariados y el saldo de las rentas de la propiedad (que pueden constituir un recurso o un empleo para el sector hogares), esto es, el saldo de la cuenta de asignación primaria . Las rentas primarias son las rentas que perciben las unidades residentes por su participación en el proceso de producción (excedente de explotación bruto, renta mixta y remuneración de asalariados) y la renta a cobrar (o pagar) por el propietario de un activo financiero o de un activo material no producido por ponerlo a disposición de otra unidad institucional (rentas de la propiedad). La renta primaria es un indicador de la capacidad de los hogares residentes de una región de generar renta como empresarios, asalariados u perceptores de rentas de la propiedad. Indica la capacidad para generar renta antes da intervención del Estado en el proceso de distribución de renta.
El sector hogares (SEC 2.75) comprende los individuos o grupos de individuos, tanto en su condición de consumidores como, eventualmente, en la de empresarios que producen bienes o servicios financieros o no financieros de mercado (productores de mercado). Además, comprende los individuos o grupos de individuos que producen bienes y servicios no financieros exclusivamente para uso final propio.
En su condición de consumidores, los hogares pueden definirse como pequeños grupos de personas que comparten un mismo alojamiento y ponen en común una parte o la totalidad de sus rentas y patrimonio, y que consumen colectivamente determinados bienes y servicios, principalmente el alojamiento y la alimentación. Esta definición puede completarse con el criterio de la existencia de vínculos familiares o afectivos.
Los recursos principales de estas unidades proceden de la remuneración de los asalariados, rentas de la propiedad, transferencias efectuadas por otros sectores, ingresos procedentes de la disposición de bienes y servicios de mercado, o ingresos imputados por la producción de bienes y servicios para consumo final propio.
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