Tierras que han permanecido en descanso durante el curso de la campaña, sin ningún cultivo, pero que han recibido algunas labores
Constituidos por aquellas plantas cuya parte aérea tienen consistencia herbácea (cereales, leguminosas, patata, algodón, remolacha, forrajeras, hortalizas, etc.).
Son tierras aradas o cultivadas con seguridad, normalmente por el sistema de rotación de cultivos.
Los cultivos herbáceos incluyen: cereales, leguminosas, patata, cultivos industriales,, cultivos forrajeros, hortalizas, flores y plantas ornamentales, semillas y plántulas destinadas a la venta y otros cultivos herbáceos.
Constituidos por aquellas plantas cuya parte aérea tiene consistencia leñosa. Son cultivos no incluidos en el régimen de rotación, distintos de las praderas permanentes, que ocupan las tierras durante largos periodos no necesitando ser trasplantados después de cada cosecha. Se excluyen las superficies forestales.
Los cultivos leñosos considerados son: frutales, olivar, viñedo, viveros de cultivos leñosos no forestales, cultivos leñosos en invernadero y otros cultivos permanentes.
Se incluyen en esta modalidad las superficies cubiertas de especies arbóreas forestales, que no son utilizadas principalmente con fines agrícolas o con otros fines distintos de los forestales. Están incluidas las choperas en el interior o en el exterior de los bosques, los montes de castaños y nogales destinados principalmente a la producción de madera, las plantaciones de árboles de Navidad y los viveros forestales que se encuentren en bosques y se destinen a las necesidades propias de la explotación
Es la unidad técnico-económica de la que se obtienen productos agrarios bajo la responsabilidad de un titular. Dicha unidad técnico-económica se caracteriza por la utilización de los mismos medios de producción: mano de obra, maquinaria, etc.
Superficies destinadas al cultivo de productos agrarios hortofrutícolas (incluida la patata), cuya producción se dedica principalmente al autoconsumo en la explotación. Su superficie ha de ser inferior a 5 áreas (500 metros cuadrados).
Es la persona responsable de la gestión corriente y cotidiana de la explotación agrícola.
En las explotaciones cuyo titular es una persona física, el jefe de la explotación coincide, por lo general, con el titular. En caso de no coincidir, el jefe de la explotación puede ser un miembro de la familia del titular u otra persona asalariada.
Si el titular es una persona jurídica el jefe de explotación será necesariamente una persona asalariada.
Toda explotación tendrá solamente una persona como jefe de la explotación. Será aquella que aporte la mayor contribución a la gestión de la explotación. Si esta contribución se distribuyese de igual manera, se considerará que el jefe de la explotación es la persona de mayor edad.
Toda extensión de tierra que está bajo un sólo linde, es decir, rodeada de terreno, edificios o aguas que no pertenezcan a la explotación
En el Censo agrario y en la Encuesta sobre la estructura de las explotaciones agrícolas se consideran las siguientes categorías de personalidad o condición jurídica para el titular de la explotación:
En el Censo agrario y en la Encuesta sobre la estructura de las explotaciones agrícolas se refiere a la forma jurídica bajo la cual actúa el titular de la explotación:
Es el conjunto de la superficie de tierras labradas y tierras para pastos permanentes
La superficie total de la explotación está constituida por la superficie de todas las parcelas que integran la misma: la superficie propiedad del titular, la arrendada de otros para su explotación y la superficie explotada con arreglo a otras formas de tenencia. Se excluyen las superficies propiedad del titular pero cedidas a terceras personas.
La superficie total de la explotación comprende las tierras labradas, tierras para pastos permanentes y otras tierras. Beben incluirse:
Son las que reciben cuidados culturales con azada, arado, grada, cultivador, escarificador, extir-padora, etc. No se cuentan aquí los prados, aunque en ellos se extiendan abono, se realicen cortes, escardas a mano, resiembra, etc. Las tierras labradas están constituídas por los cultivos herbáceos, barbechos, huertas familiares y cultivos leñosos.
Son tierras no incluidas en la rotación de cultivos, dedicadas de forma permanente (por un periodo de cinco años o más) a la producción de hierba
Persona física o jurídica que, actuando con libertad y con autonomía, asume el riesgo de una explotación agrícola, dirigiéndola por sí o mediante otra persona
Una UTA equivale al trabajo que realiza una persona a tiempo completo a lo largo de un año. Una jornada parcial se computa como la mitad de una completa
Se obtienen aplicando un coeficiente a cada especie y tipo, para agregar en una unidad común diferentes especies. Os coeficientes empleados son:
Vacas lecheras | 1 |
Otras vacas | 0,8 |
Bovinos machos de 24 meses y más | 1 |
Bovinos hembras de 24 meses y más | 0,8 |
Bovinos de 12 a menos de 24 meses | 0,7 |
Bovinos de menos de 12 meses | 0,4 |
Ovinos | 0,1 |
Caprinos | 0,1 |
Cerdas madres | 0,5 |
Cerdas para reposición | 0,5 |
Lechones | 0,027 |
Otros porcinos | 0,3 |
Equinos | 0,8 |
Gallinas | 0,014 |
Pollitas destinadas a puesta | 0,014 |
Polos de carne y gallos | 0,007 |
Pavos, patos, ocas y pintadas | 0,03 |
Otras aves | 0,03 |
Conejas madres | 0,02 |
Este sitio web utiliza cookies propias de tipo técnico y de terceros para optimizar su uso. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Si continúa navegando se considera que acepta su uso. Conozca nuestra política de cookies