Corresponden a pensiones para personas que están o han estado sujetas a la legislación de uno o varios estados miembros, y sean nacionales o refugiados en un estado del Espazo Económico Europeo, en Suíza o bien, sean apátridas o nacionales de terceros países con residencia legal en un estado miembro de la Unión Europea (excepto Dinamarca y Reino Unido).
Las pensiones de jubilación tienen como objetivo mantener el nivel de vida de la población que abandona el mercado laboral por razones de edad, protegiéndola de la pobreza. Se incluyen los siguientes tipos de pensiones:
SOVI es un régimen residual que se aplica a los trabajadores, trabajadoras y a sus derechohabientes que, al reunir los requisitos exigidos por la legislación de este régimen extindo, no tengan derecho a una pensión del actual Sistema de la Seguridad Social.
Son las que cubren la provisión de protección social contra los riesgos vinculados a la vejez: pérdida de ingresos, ingresos inadecuados y falta de independencia en la realización de tareas cotidianas, menor participación en la vida social, etc. La atención médica de las personas ancianas no se tiene en cuenta, ya que los gastos de asistencia sanitaria se consignan en la partida dedicada a enfermedad y atención sanitaria.
El Sistema Público de Pensiones reconoce dos modalidades:
Son las que cubren las siguientes casuísticas:
De acuerdo con el manual del Sistema Europeo Integrado de Estadísticas de Protección Social (SEEPROS), las pensiones de invalidez comprenden las prestaciones que proporcionan un ingreso a personas por debajo de la edad legal de jubilación establecida en el régimen de referencia, cuya capacidad para trabajar esté impedida más allá de un nivel mínimo establecido por la legislación por una discapacidad física o mental.
Se incluyen las pensiones por discapacidad o invalidez del sistema público así como los planes de pensiones para personas con discapacidad, tanto de empresas como individuales.
Una vez que la persona beneficiaria de una pensión de invalidez alcanza o supera la edad legal de jubilación, se considera que recibe una pensión de vejez y se registra como percibiendo una pensión de jubilación.
Las pensiones por discapacidad o invalidez del Sistema Público pueden ser contributivas o no contributivas y se tiene derecho a ellas en función de los diferentes grados de incapacidad:
Estes planes, también llamados planes de pensiones de empleo, son contribuciones que hacen las entidades empleadoras, los y las empleados/as, o ambas, en función de los ingresos, o que hacen las personas que trabajan por cuenta propia inscritas como autónomas. El objetivo es complementar la pensión pública de jubilación de la Seguridad Social. Lo más común es que se establezcan mediante contratos de trabajo o convenios sectoriales o profesionales, negociados por los interlocutores sociales.
Son planes privados voluntarios que hacen personas con cualquier entidad financiera sin que tenga que existir ninguna relación laboral entre ellas. Tienen por objetivo proporcionar ahorro para el momento de la jubilación y se realiza con aportaciones de capital. Para los efectos del Módulo sobre pensiones e participación en el mercado laboral de la EPA, no se tiene en cuenta en este grupo de pensiones las que, una vez llegada la edad de jubilación, se cobran en un único pago.
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